El tendedero

martes, 24 de enero de 2012

Los códigos de la nulificación

Cada tanto, cuando la sociedad avanza impulsada por mujeres y hombres decididos a ver y a entender la perspectiva de género en la justicia, sucede algo que nos hace recordar que aún hay mucho por hacer. Que aun falta construir conceptos que redefinan y esencialmente que nos ayuden a hablar un mismo idioma de derechos para las mujeres y los hombres, en la administración de justicia que considere la realidad –que no se refleja ni advierte en la que las leyes- pero que sí inciden en la vida diaria.
No en vano gran parte de los recursos que anualmente se destinan a la “transversalización”, están precisamente orientados a la armonización de leyes y a la formación de jueces y magistrados en género que buscan esencialmente ver y entender la realidad de la vida de las mujeres. Algo que ha sido analizado y estudiado desde la teoría de análisis crítico feminista hasta distintas disciplinas que les podrían ayudar –a los juristas-¬¬ a entender el proceso de despersonalización en el que viven muchas mujeres y en general víctimas de la violencia de género o de trata. Ahí están los síndromes indentificados como el de “estocolmo” que ayudan a entender esa relación perversa y nulificante de la víctima frente a su agresor. Utilizo aquí el concepto que he ido explorando de “nulificación” porque socialmente ayuda a comprender mejor por qué una persona puede aceptar vivir bajo condiciones de maltrato, tortura sicológica y física, humillaciones y vejaciones de todo tipo y mantenerse junto a esa persona que los prodiga, por un supuesto vínculo amor-odio en el que predomina la ausencia de un valor propio que haga –a la víctima- verse con posibilidades de mejores condiciones de vida.
El proceso es muy complejo y no en vano es un término que hemos ido tejiendo y definiendo desde distintas teorías y continuaremos perfilando para conceptualizarlo de manera más clara, pero la realidad nos da múltiples ejemplos que fortalecen la propuesta: muchas de las mujeres violentadas reproducen el discurso patriarcal que las nulifica, desde el término más simple de decir “él dice que yo no valgo nada sin él”, hasta complejas formas que entrañan al sistema jurídico de un país, cuando nos dicen: “si lo denuncio no pasa nada, a mí me piden que yo pruebe la violencia”; o en el caso de las víctimas de violencia sexual: “me preguntaron porque no fui a denunciar inmediatamente y por qué me bañé”, aun más hay otros casos como el de las mujeres que se defienden acusadas de homicidio –numerosos casos- en los que a pesar de que vivían bajo violencia cotidiana, esto no se considera y son procesadas de manera rápida bajo el argumento “si estaba alcoholizado y se presentó con un cuchillo, dejó de representar una amenaza para la mujer cuando ella logró desarmarlo”. La realidad es así a la hora de la justicia para las mujeres. Pero esto no son sino precisamente los códigos de la nulificación desde el sistema mismo.
¿Qué valor puede tener la vida de una mujer si en opinión de los jueces su agresor no merece ningún castigo y se le libera? El mensaje es grave, sobre todo en una sociedad machista-patriarcal y deformadamente hegemónica como lo es la mexicana.
El mejor ejemplo es el fallo emitido por el Tribunal de Circuito Colegiado Federal que otorgó el amparo al no encontrar pruebas suficientes de la culpabilidad a un hombre que fue acusado por el homicidio de su esposa. Los hechos simples fueron así: el cuerpo de la mujer es llevado al hospital, donde desde su ingreso se reporta que llega fallecida a causa de septicemia por lesiones internas; su esposo alega que ella pidió no ser llevada al hospital tras caerse tres veces de las escaleras, luego de haberse cortado las manos lavando unos platos. Negligencia la hubo al menos. Pero durante las investigaciones se fortalece un caso de tortura física y sicológica que el Ministerio Público documenta y presenta apelando a que los jueces “vean” los escenarios de prueba, del que el mejor testigo es el cuerpo torturado de la víctima.
El mensaje que se construye a partir del fallo en el que el sistema judicial local defiende el derecho a la “presunción de la inocencia” del esposo es precisamente de nulificar los derechos de la mujer fallecida, en todo momento el discurso se articula a partir de los “derechos humanos” que le conceden al hombre su “derecho” a una defensa justa y que apele a que no la asesinó directamente, es decir no utilizó un arma, no le disparó, no le enterró un cuchillo y no hay pruebas suficientes de que él la haya empujado por las escaleras. El cuerpo de ella, sin embargo, habla, (otra vez ese tan reíficado cuerpo femenino) que presenta huellas de tortura y fueron documentadas por el ministerio público en fotografías, pero también de cartas, diarios, cuadernos en los que la víctima escribía el tormento que vivía. Entonces saltan otros mensajes que quedan sobre la mesa ¿cómo es posible que nadie haya denunciado las condiciones en las que vivía esta mujer? ¿Cómo es que ella no pidió ayuda?
Hubo otro caso, el de una mujer que afortunadamente salió con vida, liberada por la policía que acudió por el llamado de una vecina cuando se percató que en el interior de la vivienda la víctima estaba encadenada y había sido torturada con ácido en los pies. No estamos hablando del medio oriente, sino de una mujer en el estado de Campeche, México.
Este último caso sólo lo menciono para tener una idea de las formas de violencia que a diario viven las mujeres en este país, en el caso de la mujer fallecida, pese a las pruebas testimoniales el criterio jurista permitió determinar que “no hubo delito” y se otorga el amparo por el derecho que le corresponde al acusado. Y la voz de la mujer queda acallada, la negligencia mínima probada por no llevarla al hospital no es razón suficiente para acusarlo de homicidio, a criterio jurídico. El mensaje es claro “ella no es nada”, es decir la suma y a la vez la reducción de la esencia misma de la nulificación femenina. Esa voz que a diario repiten las mujeres que se ven a sí mismas en condiciones de sumisión, abusadas y violentadas y sin posibilidad de salir “yo sin él no soy nada” pero es una conclusión a la que llegan por todos los códigos a su alrededor, por todos los mensajes construidos a partir de los medios masivos, de la publicidad, el sexismo en el lenguaje, los discursos políticos, la cosificación y las leyes o la perspectiva de quienes la administran.
La familia de la víctima seguramente buscará apelar, aunque sus posibilidades de lograr algo más son “nulas” ante la advertencia del sistema jurídico de basarse en “el derecho fundamental a la defensa justa”. En una sociedad en la que las mujeres saben de antemano que ir a denunciar implica afrontar a un sistema que no las ve o las cree responsables de permitir todas las formas de violencia contra ellas.

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