QUINTO PODER
El pez que se muerde la cola
Argentina Casanova
Si algo ha costado a
nuestro país es re-construir ante la opinión pública internacional su noción de
Estado de Derecho, frente a una avalancha de recomendaciones, observaciones,
críticas, notas periodísticas que hablan acerca del “Estado fallido”
consecuencia del dominio de los grupos del crimen organizado en gran parte del
territorio nacional.
Este esfuerzo parece
venirse abajo con la negativa institucional de reconocer y admitir la sentencia
emitida por el juez de Distrito y colegiado del Distrito Federal en relación
con el recurso promovido por el Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidio,
pues ahora no solo se está negando desde lo institucional a aprobar una medida
que la Ley de Acceso a una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el país,
considera. Ahora también se hace caso omiso a la disposición de un juez.
Es urgente que de manera fundada y motivada el Sistema Nacional
para Prevenir, Erradicar y Sancionar la Violencia contra las Mujeres, en su
próxima sesión extraordinaria, se avoquen al estudio de la solicitud de
investigación para la declaratoria de violencia de género, de lo contrario solo
confirma lo que pos años se ha especulado: México es un país donde no impera el
Estado de Derecho y lo que tenemos es un estado de simulación en el que ni
siquiera las instituciones son capaces de respetar las leyes.
La lectura es más grave de lo que se piensa, el Sistema con
su negativa, otorga facultad a todo aquel que utiliza los recursos de la
retórica y las artimañas para evitar responder y respetar una ley, y las
condiciones que la misma establece. La Ley de Acceso garantiza como una medida
la aplicación de la Alerta de Género. La necia negativa a admitirla solo res
una evidencia de que en México “aprobamos leyes que ni las instituciones
respetan”.
Se está pasando por alto que el mensaje político que con
esto se envía a la ciudadanía, a la opinión pública, a las organizaciones
ciudadanas, a los organismo internacionales como la Cedaw (Convención para la
Eliminación de las formas de Discriminación hacia la Mujer) que ha establecido
la recomendación de aplicar la Alerta de Género en su informe pasado. La
lectura es clara: Aprobamos leyes que nadie respetará, nadie, ni siquiera un
Sistema para Prevenir, Erradicar y Sancionar la Violencia contra la Mujer.
Si el Sistema toma en consideración los elementos señalados
el Juez de Distrito y Colegiado del Distrito Federal, en particular los criterios en el que se señala que
basta con que las solicitantes afirmen la existencia de delitos del orden común
contra la vida, la libertad y la seguridad de las mujeres, que perturben la paz
social en un territorio determinado y la sociedad así lo reclame, para que se
cumplan con estas condiciones y proceda la conformación de un grupo
interinstitucional y multidisciplinario, para que investiguen los hechos
denunciados, previo a poder considerar improcedente la solicitud, tendríamos el
pleno respeto de las leyes y aun cuando las consideraciones no son de carácter obligatorias deben de
ser retomadas por las integrantes del sistema ya que sientan un criterio.
Lo legal y lo conducente
El Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidio planteó en su
análisis sobre el tema, que las integrantes del Sistema no
están atendiendo los principios de urgencia y necesidad por los cuales se
solicitó la Declaratoria de Alerta de Género en el Estado de México, ni mucho
menos la naturaleza de este mecanismo establecida en el artículo 22 de la Ley
General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al considerar la
Alerta como el conjunto de acciones
gubernamentales de emergencia para
enfrentar y erradicar la violencia feminicida en un territorio determinado, ya
sea ejercida por individuos o por la propia comunidad.
Si la solicitud de alerta de género se llegara a aceptar, lo que ocurre
es que simplemente se estaría dando cumplimiento cabal a la recomendación No.
16d del Comité Cedaw en la que insta al Estado mexicano a atender, de manera
inmediata, los obstáculos que limitan la activación del mecanismo de Alerta de
Género, amén de que se da cumplimiento a la sentencia y las consideraciones del
Juez Noveno de Distrito quien señala que basta con que las organizaciones
civiles solicitantes afirmen la existencia de delitos contra la vida, la
libertad y la seguridad de las mujeres, que perturben la paz social en un
territorio determinado, para que se proceda con la conformación de un grupo
interinstitucional y multidisciplinario, que investigue los hechos denunciados.
En conclusión, y es
grave, el mensaje que las integrantes del Sistema están enviando, al no cumplir
con una resolución judicial, en donde ya existió un requerimiento por no
cumplir en tiempo y forma. Están contribuyendo al Estado fallido.
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